CRITICA PENAL


Bienvenid@s al primer programa de radio para pensar y discutir el sistema penal.

Producido por docentes universitarios, alumnos y periodistas, pretende ser un espacio abierto a la participación colectiva.

Todos los Jueves de 21 a 23hs, por FM 88.7 de la Azotea, Mar del Plata, Argentina
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martes, 26 de octubre de 2010

Editorial Programa 23. Juicio por Jurados



Los cuatro acusados son miembros de la Sociedad Espeleológica, que es una organización de aficionados a la exploración de cavernas. A principios de mayo de 4299, en compañía de José Martínez, en aquel entonces miembro también de la Sociedad, penetraron en el interior de una caverna de piedra caliza. Cuando se hallaban ya lejos de la entrada de la caverna, tuvo lugar una avalancha. La única abertura conocida de la caverna fue completamente bloqueada por pesados cantos. Los exploradores habían dejado indicaciones en la sede central de la Sociedad acerca de la ubicación de la caverna que se proponían visitar. Una partida de rescate fue enviada de inmediato al lugar indicado.
Ya encontrados los exploradores y la entrada obstruida de la caverna la tarea del rescate, empero, resultó de extraordinaria dificultad. Se instaló un enorme campamento de obreros, ingenieros, geólogos y otros expertos. Las tareas de remoción fueron varias veces frustradas por nuevas avalanchas.
Como se sabía que los exploradores habían llevado consigo sólo escasas provisiones, y como también era sabido que la caverna no contenía sustancia animal ni vegetal que permitiera subsistir, desde un principio se previó la angustiosa posibilidad de que los prisioneros perecieran por inanición antes de que se hiciere viable un acceso a ellos. Recién el vigésimo primer día se supo que aquéllos habían llevado consigo a la caverna un equipo inalámbrico portátil con el que se podía tanto transmitir como recibir mensajes. De inmediato se instaló en el campamento de rescate un equipo similar y se estableció comunicación oral con los infortunados exploradores. Estos pidieron que se les informara qué tiempo insumiría su liberación: Los ingenieros a cargo del proyecto contestaron que harían falta por lo menos diez días, y siempre que no ocurrieran nuevas avalanchas.
El equipo inalámbrico del interior de la caverna se mantuvo silencioso durante las siguientes ocho horas. Al restablecerse la comunicación, los exploradores pidieron hablar nuevamente con los médicos. El jefe de la comisión se acercó al aparato, y Martínez, hablando por sí y en representación de los otros, preguntó si comiéndose a uno de ellos los restantes podrían sobrevivir diez días más. Ninguno de los médicos se mostró dispuesto a responder. Martínez preguntó entonces si había algún juez u otro funcionario público en el campamento que quisiera contestar aquella pregunta. Nadie se mostró dispuesto a hacerlo. Martínez inquirió si había algún ministro religioso o sacerdote que quisiera contestar a su pregunta, y no pudo encontrarse ninguno. Después de ello no se recibieron ulteriores mensajes desde la caverna y se presumió (erróneamente, según pudo comprobarse más tarde) que las pilas del equipo inalámbrico de los exploradores se habían agotado. Cuando los prisioneros fueron finalmente rescatados, se supo que el día vigésimo tercero a contar de su entrada a la caverna, Martínez había sido asesinado y comido por sus compañeros.
De las declaraciones de los acusados, aceptadas por el jurado, surge que fue Martínez el primero en proponer que alguno de los exploradores sirviera de alimento a los demás. También fue Martínez el primero en proponer que se echaran suertes, a cuyo fin exhibió a los acusados un par de dados que casualmente llevaba consigo. Los acusados se resistieron en un principio a adoptar un procedimiento tan desesperado, pero después de las conversaciones por el aparato inalámbrico, arriba relatadas, terminaron por aceptar el plan propuesto por Martínez. Después de discutir largamente los problemas matemáticos involucrados, se arribó, por fin, a un acuerdo sobre el método para resolver la cuestión mediante el uso de los dados.
Sin embargo, antes de que se arrojaran los dados, Martínez declaró que se retiraba del acuerdo, pues reflexionando mejor había decidido esperar otra semana más antes de recurrir a tan terrible y odioso temperamento. Los otros lo acusaron de violación de lo convenido y procedieron a arrojar los dados. Cuando le tocó a Martínez uno de los acusados echó los dados por él, pidiéndosele a Martínez que hiciera las objeciones que tuviere en cuanto a la corrección de la tirada. Declaró no tener ninguna objeción. El tiro le resultó adverso, siendo luego privado de la vida y comido por sus compañeros.
Luego del rescate de los acusados y después que éstos pasaron una temporada en un hospital donde fueron objeto de un tratamiento por desnutrición y shock, se los sometió a proceso por homicidio en la persona de José Martínez.
En el juicio oral, una vez concluida la prueba testimonial, el juez decidió que los acusados eran culpables de homicidio en la persona de Martínez. En consecuencia, los sentenció a ser ahorcados, pues la ley de nuestro Sistema Jurídico no permite discreción alguna con respecto a la pena a imponerse a aquel delito.
Disuelto el jurado, sus miembros suscribieron una comunicación al jefe del Poder Ejecutivo, peticionándole que conmutara la pena de muerte por la de seis meses de prisión.
La corte finalmente ordena que la ejecución de la sentencia tenga lugar el viernes 2 de abril de 4300 a las 6 de la mañana, oportunidad en la que el Verdugo Público procederá con la diligencia del caso a colgar a cada uno de los acusados del cuello hasta que muera.

Voto del Ministro Handy en disidencia
De todas las ramas del gobierno el Poder Judiciales el más expuesto a perder el contacto con el hombre común. Las razones para ello son, por supuesto, bastante obvias. Mientras que las masas reaccionan frente a una situación en términos de unos pocos rasgos salientes, nosotros desmenuzamos en pequeños fragmentos cualquier situación que se nos presenta. Ambas partes contratan abogados para que analicen y disequen. Los jueces y abogados compiten unos contra otros para ver quién es capaz de descubrir el mayor número de dificultades y distinciones en un solo conjunto de hechos.
La más obvia ventaja de este método de gobierno es que nos permite despachar nuestra labor diaria con eficiencia y sentido común. Más gobiernos han sido derrocados, y más miseria humana causada por la falta de esta concordancia entre gobernantes y gobernados, que por otro factor cualquiera que pueda discernirse en la historia. Una vez que se introduce una cuña suficiente entre la masa del pueblo y los que dirigen su vida jurídica, política y económica, nuestra sociedad se viene abajo
Pero contemplemos sin prejuicios algunas de las realidades de la administración de nuestro derecho penal. Cuando un hombre es acusado de algún crimen existen, hablando en términos generales, cuatro vías por las cuales puede eludir la pena. Una de ellas es que el juez determine que bajo la ley aplicable no ha cometido crimen alguno. Esta es, por supuesto, una determinación que suele tener lugar en una atmósfera más bien formal y abstracta. Pero miremos las otras tres vías por las cuales puede escapar al castigo. Ellas son: 1) la decisión del Fiscal de no pedir el procesamiento; 2) un veredicto absolutorio del jurado; 3) un indulto o una conmutación de la pena por parte del Poder Ejecutivo. ¿Puede alguien pretender que estas decisiones se toman dentro de la rígida y formal estructura de reglas que previenen errores de hecho, excluyendo factores emocionales y personales, y garantizan que todas las formas de la ley serán observadas?
En el caso del jurado tratamos sin duda de que sus deliberaciones se mantengan dentro del ámbito de lo jurídicamente relevante, pero no hace falta que nos engañemos nosotros mismos acerca del éxito de tal tentativa. Normalmente el caso que nos ocupa, con todos sus problemas hubiera ido directamente al jurado. Si esto hubiese ocurrido, podemos tener la seguridad de que habría habido una absolución o, por lo menos, una división que hubiera impedido una condena. Si se hubiera dado instrucciones al jurado en el sentido de que el hambre de los acusados y el convenio no son defensas contra el cargo de asesinato, con toda probabilidad el veredicto habría hecho caso omiso de tal instrucción y torcido la letra de la ley mucho más de lo que nosotros estaríamos jamás tentados de hacerlo. Por cierto la única razón que impidió que tal cosa ocurriera en este caso, fue la circunstancia fortuita de que el presidente del jurado era abogado. Sus conocimientos le permitieron idear una fórmula verbal por la que el jurado pudo eludir sus responsabilidades usuales.

EL CASO DE LOS EXPLORADORES DE CAVERNAS
Suprema Corte de Newgarth - Año 4300
LON FULLER

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