CRITICA PENAL
Bienvenid@s al primer programa de radio para pensar y discutir el sistema penal.
Producido por docentes universitarios, alumnos y periodistas, pretende ser un espacio abierto a la participación colectiva.
Todos los Jueves de 21 a 23hs, por FM 88.7 de la Azotea, Mar del Plata, Argentina
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martes, 14 de septiembre de 2010
Editorial Programa 18. La Defensa Penal.
El término Defensa tiene diversos usos.
La Defensa puede implicar un conjunto de elementos arquitectónicos que protegen a una ciudad, como murallas y torres
La Defensa es un tipo de apertura en el ajedrez.
Defensa Civil es una organización semi gubernamental que brinda apoyo frente a desastres naturales.
Defensa con línea de tres, con cuatro en el fondo, con líbero y stopper.
Defensa es una calle del barrio San Telmo de la Ciudad de buenos Aires de la República Argentina.
Defensa antiaérea frente a ataques terroristas.
Defensa de la raza blanca en el nombre de Dios
Defensa y justicia el Halcón de Varela.
Defensa del consumidor.
Ministerio de defensa.
Defensa del modelo económico.
Defensa de los Derechos Humanos
Defensa predispuesta frente a posibles robos.
Defensa costera.
Legítima defensa como causa de antijuridicidad.
Defensor del pueblo.
Defensor de Montevideo.
“Defender la Sociedad” de Michel Foucault.
Defender la vida de la persona por nacer.
Defender la salud y el derecho a decidir de la mujer embarazada.
Defensa en zona o Defensa hombre a hombre.
Aumentar las defensas de nuestro sistema inmunológico.
Defensa de los puestos de trabajo.
La policía como institución de defensa de la comunidad.
Asociación para la Defensa de los Derechos del Animal.
Defensa Personal basada en artes marciales.
Defensa del empresariado para invertir en nuestro ámbito.
Defensa de las fronteras nacionales por tierra y por mar.
Defensa de la Educación Pública y Gratuita.
Marcha en Afganistan en defensa del Corán.
Superar gambetando una defensa cerrada.
Manifiestan mapuches en defensa de sus territorios.
También la Defensa hace referencia a uno de los aspectos centrales de un proceso judicial: la Defensa Penal.
Defensa en Juicio. Garantía de Defensa.
Defender al inocente para lograr su absolución. Resistir las falsas imputaciones, impugnar la prueba ilícita, interpelar a los testigos mendaces, controvertir peritajes parciales, poner en evidencia a cierta maldita policía, enfrentar a fiscales carentes de objetividad, cuestionar a los jueces arbitrarios que adolecen de imparcialidad.
Pero también defender al culpable, para evitar la venganza privada, descartar la irracionalidad en el castigo, procurar un debido proceso, litigar por un juicio justo, aspirar a su resocialización mediante condiciones de detención dignas, impedir que la pena trascienda a su familia y círculo de afectos.
Todavía hoy, muchos fiscales y jueces creen que la Defensa es un estorbo, una molestia cuya actuación hay que soportar estoicamente.
En ese esquema de pensamiento, suelen maltratar a los defensores, presionarlos, emplear sus dosis de poder para burlarlos sistemáticamente.
No todo Estado es un Estado de Derecho.
Para que sea tal, debe reconocer que nada está por encima de la ley.
Lo que implica, en primer lugar, imponer limitaciones al ejercicio del poder.
El castigo del inocente equivale siempre a un fracaso del derecho penal: no sólo es castigado un inocente sino que permanece impune el culpable.
Para reducir las posibilidades de castigo a los inocentes, se debe fortalecer un sistema eficiente e independiente de Defensa Pública.
De lo contrario, todo castigo a un inocente será siempre una derrota del Estado de Derecho, un triunfo de quienes aspiran a la impunidad, y en definitiva, una condena a la justicia.
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